Ley de Accesibilidad Europea 2026: el expediente de 5 anos
Docavelo celebra 2 años: un solo sistema para más de 500 empresas. Regístrese y pruebe gratis 14 días

Ley de Accesibilidad Europea 2026: el expediente de 5 anos

La Ley 11/2023 entro en vigor el 28 de junio de 2025 y 2026 es el primer ano de inspección. El expediente de conformidad debe conservarse al menos 5 anos.

25 de mayo de 2026 Docavelo Team 8 min
Ley de Accesibilidad Europea 2026: el expediente de 5 anos

La linea del 28 de junio de 2025: quien quedo obligado ese día

El 28 de junio de 2025, la Ley 11/2023 de transposición de la Directiva (UE) 2019/882 entro en plena aplicación en España. Hasta entonces, la accesibilidad de productos y servicios era una obligación limitada al sector publico (Real Decreto 1112/2018) y a sectores específicos como el bancario o el telefónico. Desde ese día, el ámbito subjetivo se extendió a:

  • Comercio electrónico, incluyendo marketplaces y tiendas online de pymes con mas de 10 empleados o facturación superior a 2 millones de euros
  • Servicios de banca de consumidores, incluyendo apps móviles y portales web de gestión de cuentas
  • Venta de billetes y servicios de información al pasajero en transporte aéreo, ferroviario, marítimo y de autobús de larga distancia
  • Libros electrónicos y plataformas que los distribuyen, incluyendo lectores de pantalla y formatos ePub
  • Servicios de medios audiovisuales bajo demanda (streaming), incluyendo audiodescripcion y subtitulado
  • Hardware informático de consumo y terminales (cajeros automáticos, kioscos de autoservicio, terminales de venta)

El sector publico ya tenia su régimen propio. Lo nuevo del 28 de junio de 2025 es que el sector privado, incluidas las pymes que venden B2C de forma digital, paso a estar obligado a documentar conformidad y a producir esa documentación ante inspección.

Que contiene realmente un expediente de conformidad

El expediente técnico de conformidad no es un certificado sellado. Es una carpeta estructurada con varios elementos que la autoridad puede pedir conjuntamente o por separado. Para un servicio digital típico (e-commerce, app móvil, plataforma SaaS), el expediente incluye:

  1. Descripción del producto o servicio con captura de funciones accesibles relevantes
  2. Evaluación de conformidad con la norma EN 301 549 v3.2.1, indicando criterio por criterio el nivel WCAG 2.1 AA cumplido
  3. Informes de auditoria de accesibilidad realizados por consultor externo independiente o por equipo interno con cualificación documentada
  4. Resultados de pruebas con usuarios con discapacidad, si se realizaron (no obligatorio, pero refuerza el expediente)
  5. Declaración del proveedor sobre la conformidad, firmada por el responsable legal
  6. Registro de incidencias reportadas por usuarios y respuestas dadas, con fechas
  7. Plan de mejora con plazos para los criterios marcados como parcialmente conformes
  8. Documentación de la formación del equipo de desarrollo en accesibilidad, con fechas y participantes

Un Google Drive compartido no es suficiente. El expediente debe estar en un sistema que garantice la integridad de cada documento (hash criptográfico, sello de tiempo cualificado eIDAS) y la trazabilidad de quien lo modifico, cuando y por que.

El reloj de 5 anos: cuando arranca y cuando termina

El articulo 28 de la Ley 11/2023 fija la obligación de conservar el expediente "durante un periodo no inferior a cinco anos a partir de la introducción del producto en el mercado o de la prestación del servicio". Esta redacción es engañosa para servicios digitales, porque la "puesta en el mercado" no es un evento puntual. Cada actualización mayor del producto (rediseno visual, cambio de framework, nueva funcionalidad core) reinicia el contador de 5 anos para esa versión.

Para una tienda online que hace un rediseno completo cada 3 anos, el expediente acumulado al cabo de una década incluye dos versiones activas mas residuales de la versión anterior. Una pyme que no haya documentado las versiones intermedias se encuentra con que en 2030 no puede demostrar conformidad de la versión que estaba en linea en 2026. La sanción en ese caso no es por la versión actual, sino por la imposibilidad de demostrar la conformidad pasada cuando un consumidor presenta reclamación retroactiva.

Inspecciones cruzadas: AEPD, autoridades de consumo y Ministerio

El marco sancionador no es de una única autoridad. Tres bloques intervienen:

Primero, las autoridades de consumo autonómicas (15 comunidades autónomas mas Ceuta y Melilla) inspeccionan a petición de denuncia ciudadana. La sanción máxima es de 100.000 EUR para infracciones graves y 600.000 EUR para muy graves, según el Real Decreto Legislativo 1/2007.

Segundo, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 mantiene una función de supervisión a nivel nacional, con capacidad de iniciar inspecciones de oficio sobre operadores con presencia multi-autonomica. Las sanciones del Real Decreto Legislativo 1/2013 (LGDPCD) alcanzan 1.000.000 EUR para infracciones muy graves.

Tercero, la AEPD entra cuando la falta de accesibilidad afecta a derechos de protección de datos (por ejemplo, formularios de consentimiento RGPD inaccesibles para lectores de pantalla, que invalidan el consentimiento por falta de información clara). La AEPD impuso 40 millones de euros en sanciones en 2025 a través de 299 resoluciones, un 14 por ciento mas que en 2024.

Tres huecos documentales reales que las pymes muestran en 2026

Las primeras inspecciones del primer trimestre de 2026 han revelado tres patrones de incumplimiento documental que se repiten en pymes españolas:

Primero, declaraciones de proveedores externos faltantes. La pyme contrata un proveedor de comercio electrónico (PrestaShop, Shopify Plus, plataforma local) que afirma "ser accesible". La pyme no pide ni archiva la declaración formal del proveedor sobre que componentes son accesibles y cuales requieren personalización. Al inspeccionarse, no hay constancia de que la pyme haya verificado la conformidad del proveedor.

Segundo, atestaciones de cumplimiento sin auditor identificable. La pyme genera un PDF interno que dice "auditado conforme a WCAG 2.1 AA" sin firma, fecha o identificación del auditor. Para el inspector, ese PDF es papel mojado.

Tercero, registros de cambios incompletos. La pyme modifica el sitio web cada mes (nuevos productos, cambios de imagen, nuevas funcionalidades) sin mantener registro de los cambios y de la verificación de accesibilidad asociada. La aparición repentina de un nuevo elemento no accesible en una pagina compleja no se puede atribuir a un proveedor, a un developer, a un editor de contenidos, porque no hay traza.

Mapeo del expediente en una estructura de carpetas legible

Un DMS bien organizado para conformidad de accesibilidad sigue una estructura de cinco niveles, donde cada nivel corresponde a un eje de búsqueda que el inspector usara:

  1. Producto o servicio (e-commerce, app móvil, kiosco autoservicio)
  2. Versión o release (con numero semántico y fecha de despliegue)
  3. Tipo de documento (auditoria, declaración, formación, incidencia)
  4. Fecha del documento
  5. Hash criptográfico y firma electrónica

Cada documento debe tener metadatos consultables: nombre del auditor, criterios WCAG cubiertos, nivel de conformidad alcanzado, fecha de próxima revisión. La búsqueda durante una inspección debe ser de minutos, no de días. Las pymes que tienen un sistema con esta estructura demuestran 5 anos de cumplimiento en 30 minutos. Las que tienen Google Drive con carpetas sueltas dedican 2 semanas a reconstruir el expediente, y a menudo no lo logran.